Acuerdo de asociación : redacción por un abogado mercantilista preferible
Acuerdo de asociación: su mejor aliado es su abogado

El éxito de una empresa depende a menudo de las buenas relaciones entre los socios. Sin embargo, muchas fuentes de conflicto entre los accionistas pueden surgir y persistir en cualquier etapa del desarrollo de la empresa:

  • La aparición de las primeras dificultades financieras ;
  • Divergencia sobre la estrategia de desarrollo de la empresa;
  • Desacuerdo sobre la forma de recaudar fondos;
  • Desacuerdo sobre la estrategia comercial frente a la competencia, etc.

Estas divergencias pueden paralizar el funcionamiento cotidiano de la empresa. Esto puede llevar a la venta o incluso a la disolución de la empresa.

Para evitar estas situaciones, es necesario prever las relaciones entre los socios, ya sea mediante cláusulas estatutarias o documentos jurídicos extraestatutarios como un pacto de socios.

En pocas palabras, un pacto de socios puede definirse como un acuerdo extraestatutario firmado por todos o algunos de los socios que organiza sus relaciones a lo largo de la vida de una empresa.

Desde un punto de vista puramente semántico, el lenguaje común confunde el pacto de socios con el acuerdo de accionistas.

El término accionistas se utiliza en sociedades como las SA y las SAS, cuyo capital social está dividido en acciones. En cambio, sociedades como las SARL, EURL, SELARL, SNC, SCP, SCI y SCS, cuyo capital social está formado por acciones de la sociedad, se denominan socios.

¿Cuándo se debe redactar un acuerdo de accionistas?

Trabajamos regularmente con jóvenes empresarios o durante ampliaciones de capital, y una de las primeras preguntas que nos hacen nuestros clientes es: «¿Cuándo debe redactarse un pacto de accionistas?

¿Es necesario redactar un pacto de accionistas con mis nuevos socios?

Nuestra respuesta es clara: ¡sí! Y no importa la forma que adopte su empresa.

Es más, el riesgo de conflicto entre los accionistas es aún mayor si deciden desempeñar un papel operativo dentro de la empresa. En este caso, es necesario un acuerdo de accionistas que regule las relaciones entre ellos.

Por lo tanto, es esencial redactar un acuerdo de accionistas al inicio de su sociedad y modificarlo con el tiempo a medida que entren nuevos accionistas en el capital.

En el caso de las empresas que desarrollan proyectos innovadores que requieren sucesivas rondas de financiación, es esencial que los socios fundadores redacten acuerdos de accionistas con los nuevos inversores para evitar los efectos negativos de la dilución del capital social.

Confidencialidad: una ventaja indudable de los pactos de accionistas

Por su propia naturaleza, y a diferencia de los estatutos de la empresa, el pacto de accionistas no se publica, por lo que sigue siendo confidencial.

Por lo tanto, la confidencialidad permite mantener un cierto grado deopacidad en las relaciones entre los accionistas.

Tomemos el ejemplo concreto de los beneficios especiales. Si los estatutos de una SAS prevén beneficios especiales, se necesitará un auditor de beneficios especiales, con un coste considerable. Esto puede evitarse incluyendo tales beneficios en el acuerdo de accionistas. Además, sólo un determinado número de accionistas pueden ser signatarios del acuerdo. El acuerdo de accionistas sólo vincula a sus firmantes y no es oponible a terceros.

El pacto de accionistas es uno de los primeros fusibles que pueden utilizarse para desactivar los conflictos entre accionistas, en particular estipulando el papel de cada accionista en las diferentes etapas de crecimiento y desarrollo de la empresa.

les deux clés d'un pacte d'actionnaires

las dos claves de un acuerdo de accionistas

Un abogado: su mejor aliado para redactar un acuerdo de accionistas

La palabra clave a la hora de redactar un acuerdo de accionistas es la anticipación.

Nuestro equipo de abogados podrá orientarle y adaptar el contenido del pacto de accionistas en función de las relaciones que desee establecer con sus socios, la naturaleza de su empresa y el ritmo de crecimiento de su negocio.

Existe una amplia gama de cláusulas que pueden incluirse al redactar su acuerdo de accionistas :

  • cláusula de aprobación: cualquier transferencia de acciones está sujeta al acuerdo previo de los socios
  • cláusula de participación: cada socio firmante se compromete a no adquirir más del X% del capital social de la empresa
  • cláusula de tanteo: los socios tienen prioridad para comprar las acciones de otro socio
  • cláusula de reparto de beneficios: permite anticipar las condiciones y el importe de los dividendos pagados
  • cláusula de compra o venta: esta cláusula prevé que cualquier conflicto entre accionistas se resuelva mediante la venta de acciones a un precio acordado
  • cláusulade mediación: esta cláusula organiza el recurso a la mediación y los términos y condiciones de la misma, con el fin de evitar la paralización de la empresa
  • cláusula de no competencia: los socios que firman el acuerdo se comprometen a no trabajar ni crear una empresa competidora tras abandonar la sociedad
  • cláusula de salida conjunta: los socios pueden vender sus acciones al mismo tiempo si un socio firmante vende su participación

Además, es esencial estipular una duración limitada para su acuerdo de asociación: esto le permitirá evitar casos de rescisión unilateral por iniciativa de uno de los firmantes. Los abogados de Goldwin le propondrán un plazo que se adapte a su práctica y evite que los tribunales lo recalifiquen como un acuerdo de duración indefinida.

Incumplimiento del acuerdo de asociación

¿Qué ocurre en caso de incumplimiento del contrato de asociación?

La respuesta es sencilla: las sanciones por incumplir una cláusula del pacto de socios suelen consistir en una compensación económica en forma de daños y perjuicios.

El incumplimiento de las cláusulas del acuerdo puede dar lugar a una indemnización por los daños causados a uno de los socios firmantes, o a la rescisión del pacto de socios o a la salida forzosa del firmante.

Un tercero en el acuerdo de accionistas también puede obtener una indemnización por su perjuicio en virtud del derecho común. Sin embargo, no se anulará una decisión tomada en contra del acuerdo de accionistas y de conformidad con los estatutos y la normativa legal.

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