Copropietarios: ¿qué deben hacer si desean impugnar una decisión tomada en junta general?
La asamblea general es el órgano que reúne a los copropietarios y durante la cual se toman las decisiones necesarias para el buen funcionamiento de la copropiedad, en particular en lo que se refiere a las obras y a la orientación que los copropietarios desean dar a su edificio.
Dado que rige la vida del edificio, se recomienda la asistencia de todos los copropietarios.
Sin embargo, es posible que usted no pueda asistir a la junta general y que una decisión que desapruebe se haya tomado en su ausencia.
También es posible que, a pesar de su presencia, la junta general haya adoptado una decisión a la que usted se opone.
¿Desea impugnar estas decisiones?
Los abogados del bufete Goldwin pueden explicarle cómo hacerlo y apoyarle durante todo el procedimiento.
¿Quién puede impugnar la decisión de una junta general?
Sólo un copropietario moroso u opositor puede impugnar una decisión tomada en una junta general.
Un copropietario opositor es aquel que vota en contra de una decisión tomada por la junta, o que vota a favor de una resolución que finalmente es rechazada por la junta.
Un copropietario incumplidor es aquel que no estuvo presente ni representado en la junta.
El original del acta es la prueba de la condición de copropietario opositor o moroso.
Por lo tanto, si llega tarde a una reunión o se marcha antes de tiempo, o si no está presente cuando se votan uno o varios acuerdos, es importante dejar constancia de este hecho en la hoja de asistencia o en el acta para aportar la prueba de su falta de asistencia….
Por otra parte, los copropietarios que hayan votado a favor de la decisión adoptada no pueden criticarla.
Del mismo modo, un copropietario que se abstiene no es un opositor y no puede, en principio, impugnar la decisión de la junta.
¿Cuáles son los motivos de impugnación?
Como hemos visto, las decisiones de la junta general desempeñan un papel vital en la copropiedad.
Por ello, la organización y el funcionamiento de la junta general, así como la propia decisión, se rigen por numerosas normas legales y reglamentarias, además de las disposiciones del reglamento de copropiedad.
Para impugnar la decisión de una junta general, debe demostrarse que no se ha respetado alguna de estas normas.
Esto puede implicar una infracción de las normas que rigen la convocatoria de las juntas, especialmente en el caso de :
- la no convocatoria o la convocatoria tardía ;
- la convocatoria se entrega a una persona distinta del copropietario;
- una convocatoria realizada por un síndico cuyo mandato ha expirado o ha sido anulado;
- ausencia de los documentos que deben adjuntarse a la convocatoria…
También puede tratarse de un incumplimiento de las normas que rigen la celebración de las juntas, especialmente en el caso de :
- votación de asuntos que no figuraban en el orden del día ;
- incumplimiento de los requisitos de mayoría
- irregularidades en las actas…
Los abogados de Goldwin comprobarán que se han cumplido todas las formalidades y normas exigidas y, en caso necesario, demostrarán que la decisión de la junta es irregular.
Si el Tribunal considera que la decisión es irregular, anulará la decisión, que se aplicará entonces a todos los copropietarios.
Por lo tanto, aunque una decisión de la junta general se haya tomado cumpliendo los requisitos legales y dentro de los límites de las competencias del sindicato, puede ser anulada si no tiene en cuenta los intereses colectivos de los copropietarios.
Los abogados del Gabinete Goldwin pueden demostrarlo.
¿Cómo actuar y en qué plazo?
Para impugnar una decisión, debe recurrir contra el sindicato de copropietarios representado por su síndico.
Este recurso debe interponerse mediante una citación ante el tribunal del lugar donde se encuentra su edificio.
Debe presentarse en el plazo de 2 meses a partir de la notificación del acta de la junta general. El síndico dispone de un mes para notificar la citación. Sin embargo, nada impide que un copropietario presente un recurso antes de la notificación.
Tenga en cuenta que, una vez transcurrido el plazo de 2 meses, la decisión ya no podrá impugnarse, ¡aunque sea irregular!
Por lo tanto, los recursos contra las decisiones de la junta general se limitan a un plazo muy corto.
Los abogados del Gabinete Goldwin redactarán y presentarán el recurso dentro del plazo.
Para tener posibilidades de éxito, el recurso debe presentar los elementos de hecho y de derecho que justifiquen la irregularidad de la decisión de la junta o el abuso de derecho.
¿Puedo reclamar daños y perjuicios?
No es necesario que demuestre que ha sufrido un perjuicio concreto para impugnar una decisión adoptada por la Junta General en contra de la ley.
Sin embargo, si considera que ha sufrido una pérdida, el tribunal puede concederle una indemnización por daños y perjuicios como compensación.
Los abogados del bufete Goldwin se encargarán de probar la realidad de su pérdida y de cuantificarla.
Elegir el bufete Goldwin es, por tanto, la garantía de contar con abogados que le apoyarán en todas las fases del procedimiento.

