¿Cuál es la responsabilidad de un médico? GOLDWIN Avocats
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Como profesional sanitario, el médico está sujeto a un tipo específico de responsabilidad: la responsabilidad médica. Para que se le considere responsable, la víctima o sus derechohabientes deben demostrar que ha habido una falta, que se ha producido un daño y que existe un nexo causal, salvo en el caso de daños derivados de un equipo defectuoso, un producto sanitario defectuoso o un examen de laboratorio, en los que se presume la responsabilidad del médico.

El médico también puede ser considerado responsable de los actos de otros, por ejemplo como jefe de un equipo médico.

Para que un médico sea considerado responsable, es necesario demostrar que incumplió sus obligaciones. La falta se evalúa in abstracto, con referencia al comportamiento normal de un médico, sin que se exija ningún grado de gravedad en particular.

Como hecho jurídico, la prueba puede aportarse por cualquier medio.

El médico puede ser considerado culpable en caso de diversas infracciones (no exhaustivas) previstas en particular por el Código de Salud Pública o el Código Deontológico:

  • Incumplimiento de su deber de asistencia y diligencia: es el caso cuando realiza un acto ilegal, no respeta los derechos del paciente (a la dignidad, al consentimiento, al rechazo, etc.) o incumple su deber de información (sobre el diagnóstico, el tratamiento, los riesgos inherentes, los costes administrativos, etc.) En los casos de incumplimiento de la obligación de información y consentimiento, corresponde al establecimiento y al médico aportar la prueba de que estos elementos han sido debidamente transmitidos;
  • Incumplimientodel deber de asistencia: es decir, no abandonar a un paciente durante el tratamiento sin continuar con los cuidados;
  • Incumplimiento del deber de secreto médico ;
  • Incumplimiento del deber de supervisión ;
  • En caso de negligencia, imprudencia o torpeza: por ejemplo, en la aplicación de un tratamiento o una operación o por desatender «los datos adquiridos de la ciencia» o «las reglas del arte»;
  • Incumplimiento de la ley o de la práctica profesional.

No obstante, hay que hacer una distinción en función de si el médico es autónomo o trabaja en un establecimiento público o privado:

  • Cuando ejerce por cuenta propia: el médico es personalmente responsable en la medida en que celebra personalmente el contrato;
  • Cuando trabaja en un establecimiento público o privado, su estatuto está armonizado:
      • Principio: el médico no es responsable en caso de «falta de servicio» debida a un contrato de hospitalización que vincule directamente al establecimiento con el paciente.
      • Excepción: los médicos son responsables en caso de falta personal, desvinculable del servicio, considerada como una «infracción voluntaria e inexcusable de las obligaciones profesionales y deontológicas».

En caso de negligencia, las compañías de seguros de enfermedad profesionales cubrirán las negligencias médicas, al igual que el «riesgo terapéutico» podrá ser indemnizado por la Office national d’indemnisation des accidents médicaux (Oficina Nacional de Indemnización de Accidentes Médicos).

El plazo de prescripción tanto para los médicos autónomos como para los que trabajan en la práctica privada o pública es de 10 años, a partir de la consolidación (evaluación y concesión de la indemnización) del daño.

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