

Objeto de la decisión
Representación de una empresa en una disputa con su proveedor. Este último había presentado una objeción irregular y falaz al cheque entregado a la referida compañía.
Por orden de 18 de septiembre de 2018, el Tribunal de Comercio de Aubenas:
- Se encontró que la oposición formulada por el proveedor fue irregular y dilatoria;
- Ordenó el levantamiento de la oposición presentada por el proveedor al cheque;
- Establece que el importe devengará intereses al tipo legal desde la fecha de emisión del cheque hasta su pago total;
- Indica que la empresa podrá volver a presentar dicho cheque para su cobro;
- Ordenó al proveedor que, en caso de no poder asegurar el pago de dicho cheque, pague provisionalmente el importe más los intereses al tipo legal desde la fecha de emisión del cheque hasta su pago total;
- Ordenó la capitalización de intereses;
- La empresa conserva su derecho a ordenar al proveedor el pago de la cantidad establecida en el artículo 700 del Código de Procedimiento Civil;
- Se ordenó al proveedor pagar todos los costos del procedimiento, incluidas las tasas judiciales.
Esta decisión es definitiva.