

Objeto de la decisión
Representación de un trabajador en una disputa con su antiguo empleador.
El Tribunal Industrial de París, el 16 de octubre de 2018:
- Condenó a la empresa a regularizar la antigüedad del trabajador bajo sanción de 50 euros por día de retraso;
- Ordenó a la empresa pagar al trabajador las siguientes sumas:
- Recordatorio de salario para el año 2014 al 2017:
- 1.824 euros en concepto de salarios atrasados del año 2014, además de 182,20 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 3.923 euros en concepto de salarios atrasados correspondientes al año 2015, además de 392,30 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 3.748 euros en concepto de salarios atrasados correspondientes al año 2016, además de 378,80 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 1.055 euros en concepto de salarios atrasados correspondientes al año 2017, además de 105,50 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- Recordatorio de salario para el año 2014 al 2017:
Con interés legal desde la fecha de recepción de la citación ante la oficina de conciliación por la parte demandada
- Ordenó a la empresa pagar al trabajador las siguientes sumas:
- 2.500 euros en concepto de daños y perjuicios por infracción de las normas relativas al convenio de tarifa diaria a tanto alzado, con intereses al tipo legal desde la fecha en que se dicte sentencia;
- 7.311,22 euros en concepto de salarios atrasados por trabajo diario a tanto alzado correspondientes al año 2014, además de 731 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 6.917,13 euros en concepto de salarios atrasados por trabajo diario a tanto alzado correspondientes al año 2015, además de 691 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 8.838,19 euros en concepto de salarios atrasados por trabajo diario a tanto alzado correspondientes al año 2016, además de 883 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 1.721,59 euros en concepto de salarios atrasados correspondientes al año 2017, además de 172 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 138,47 euros en concepto de salarios atrasados por días indebidamente descontados el 28 de noviembre de 2014, además de 14 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 284,56 euros en concepto de salarios atrasados por días indebidamente descontados los días 1 y 11 de noviembre de 2017, además de 29 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 142,28 euros en concepto de salarios atrasados por días indebidamente descontados el 12 de diciembre de 2017, además de 14 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 2.770,19 euros en concepto de salarios atrasados correspondientes a los 19,47 días de RTT pendientes de pago, además de 277 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
- 5.272,32 euros en concepto de indemnización por despido;
- 7.908,48 euros en concepto de indemnización por preaviso, además de 790,84 euros en concepto de permiso retribuido relacionado;
- 3.778,50 euros en concepto de salarios atrasados por el despido, además de 377,85 euros en concepto de vacaciones retribuidas relacionadas;
Con interés legal desde la fecha de recepción por el demandado de la citación ante la oficina de conciliación.
- Además ordenó a la empresa pagar:
- 18.453,12 euros en concepto de indemnización por despido sin causa real o grave, con los intereses legales correspondientes desde la fecha del pronunciamiento de la sentencia;
- 700 euros según el artículo 700 del Código de Procedimiento Civil;
- Desestimó la reclamación de la empresa relacionada con el artículo 700;
- Condenó a la compañía a pagar todos los costos;
La parte contraria ha interpuesto recurso de apelación.