GOLDWIN SOCIETE D'AVOCATS ha hecho condenar a UBER en Francia.
Abogado de transporte en París para particulares y profesionales -  12 de diciembre de 2019  -  Tribunal de Apelación de París

UBER reconocido como proveedor de servicios de transporte en Francia

UBER reconocido como proveedor de servicios de transporte en Francia
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Objeto de la decisión

En una sentencia histórica de 12 de diciembre de 2019 en la que GOLDWIN SOCIETE D’AVOCATS (Maître Jonathan BELLAICHE , socio y Maître Olivia ZAHEDI , abogada) representó a una central de reservas de taxis, el Tribunal de Apelación de París dictaminó que:

–  UBER opera un servicio de transporte y no una plataforma de conexión

Los motivos del Tribunal son los siguientes:

Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 10 de abril de 2018, sostuvo que el «servicio de intermediación en cuestión debe considerarse parte integrante de un servicio global, cuyo elemento principal es un servicio de transporte, y, por tanto, cumple la clasificación (…) de «servicio en el ámbito del transporte», en el sentido del artículo 2, apartado 2, letra d), de la Directiva 2006/123». De ello se deduce que el servicio de transporte es el servicio principal, por lo que la fase de conexión es solo preparatoria, que  las empresas de Uber son operadores de transporte de pasajeros  y que compiten con la actividad que realiza la empresa […]».

El Tribunal de Apelación de París aplicó entonces rigurosamente la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 10 de abril de 2018, recordando que el principal servicio prestado por UBER era efectivamente un servicio de transporte.

–   El servicio UBERPOP es efectivamente ilegal y debe dar lugar a una indemnización por daños y perjuicios para los profesionales del T3P (transporte público privado de personas).

El Tribunal confirmó la jurisprudencia ya dictada por el Tribunal de Casación que reconocía que el servicio UBERPOP era ilegal.

El Tribunal confirmó el derecho a indemnización de los profesionales de T3P que sufrieron daños como consecuencia del servicio UBERPOP.

Esto no es ni más ni menos que la aplicación de la jurisprudencia ya dictada sobre la materia.

– Les dispositions prohibant la maraude électronique sont bien applicables en France et leur violation par UBER constitue de la concurrence déloyale.

La Cour d’Appel de Paris a jugé que la plateforme violait les dispositions du Code des transports qui interdisent à tous transporteurs autres que les taxis, la maraude sur la voie publique et le démarchage de clients sans réservation préalable, dont notamment :

– s’arrêter, stationner ou circuler sur la voie publique, à moins de justifier d’une réservation préalable et de ne pas revenir sur le lieu d’établissement ;

– informer le client, avant toute commande ou réservation, à la fois de la localisation et de la disponibilité du véhicule.

Pour rentrer en voie de condamnation, la Cour a constaté que :

«Aux termes de son Guide du partenaire, la plate-forme incite ses chauffeurs à « se répartir de manière homogène dans les zones de forte demande » pour espérer avoir davantage de courses (pièce n°5f, page 34) et permet aux chauffeurs de visualiser sur une carte, en temps réel, les zones géographiques dans lesquelles les demandes de réservations sont plus ou moins élevées (pièce n°5f, pages 17 et 34), encourageant dès lors un chauffeur ne disposant pas de réservation à se rendre dans une zone de forte demande afin de faire l’objet d’une réservation.Ces éléments établissent que les sociétés Uber, par les préconisations qu’elles délivrent à destination des chauffeurs de VTC, favorisent le non-respect des dispositions des articles L. 3120-2, II et L. 3122-9 du code des transports. Ces actes sont constitutifs d’une concurrence déloyale«.

«Il ressort du procès-verbal de constat d’huissier en date du 28 janvier 2016 versé aux débats par les sociétés Uber (pièce n°34) que :

– la carte apparaissant sur l’application Uber donne une information sur la localisation des véhicules de transport avec chauffeur ;

– le bandeau “commander ici”, qui s’affiche sur l’écran du smartphone, fait apparaître le temps d’attente pour la prise en charge du client (pièce n°34 – pages 9 à 35), information qui permet d’apprécier la disponibilité du véhicule le plus proche; 

de sorte qu’en informant le client, préalablement à la réservation, à la fois de la localisation et de la disponibilité du véhicule, l’application permet la pratique de la maraude électronique, pratique prohibée par l’article L. 3120-2, III 1° du code des transports pour cette catégorie d’opérateurs. Cet élément est constitutif d’une concurrence déloyale «.

Cet arrêt confirme donc bien heureusement le monopole de maraude pour les taxis lesquels subissent nécessairement un préjudice du fait de la pratique de la maraude électronique et du non-retour à la base par les VTC.

– L’utilisation abusive du statut LOTI par UBER a enfin été reconnue et condamnée.

La Cour a jugé que :

De los documentos presentados en el procedimiento se desprende también que Uber fomentó el uso de trabajadores con capacidad al difundir información según la cual, para convertirse en conductor de UberX o Berline, se requiere una licencia profesional (licencia de tarjeta profesional VTC y autorización de Atout France o capacidad de transporte de pasajeros < 9 plazas y licencia de la Dirección Regional de Equipamiento) (documentos […] n.º 17a, páginas 8 y 17b). Al  beneficiarse de condiciones de acceso simplificadas a la condición de conductor en comparación con las aplicables a los taxistas o conductores de VTC, los conductores de «Loti» necesariamente proporcionaron una ventaja competitiva a las empresas Uber. Este elemento constituye competencia desleal  .

El mal uso del estatus LOTI fue uno de los daños competitivos más significativos para los profesionales de T3P, que afortunadamente fue sancionado.

–  Los conductores de UBER no son empleados de la Cámara Comercial del Tribunal de Apelaciones.

El Tribunal sostuvo que:

Ninguno de los elementos invocados podría caracterizar la existencia de una relación de subordinación entre UBER y los conductores  ”.

Los criterios utilizados por la Sala Social del Tribunal de Apelación de París para reconocer la calificación de los conductores de UBER como empleados fueron sometidos a la consideración del Tribunal.

Con esta sentencia, la Sala de Comercio del Tribunal de Apelación de París marca su diferencia con la Sala de lo Social y permite abrir el debate sobre el estatuto de los conductores respecto a las normas aplicables.

La cuestión de la cualificación jurídica de los conductores de UBER está pues sujeta a una doble evaluación entre la cámara social y la cámara comercial, lo que reabre totalmente el debate sobre el tema.

En consecuencia, el Tribunal de Apelación de París, en su sentencia:

– Afirma que las empresas UBER incurrieron en actos de competencia desleal en la operación del servicio UBERPOP, mediante la práctica de caza furtiva electrónica y la utilización de conductores que operan bajo la figura LOTI.

– Ordenó a las empresas UBER FRANCE, UBER BV y UBER INTERNATIONAL BV que dejen de incentivar a los conductores a circular por la vía pública en busca de clientes y que les animen a no regresar a su base o a un lugar situado fuera de la vía para esperar una reserva a menos que puedan proporcionar prueba de otra reserva previa.

Se condenó a UBER FRANCE, UBER BV e INTERNATIONAL BV a pagar 106.000 euros en concepto de daños y perjuicios y 15.000 euros en virtud del artículo 700 del Código de Procedimiento Civil, además de las costas.